De conformidad con lo que establecen los Artículos 26, 49 y 257 de nuestra Constitución Nacional y Artículo 1.167 del Código Civil Venezolano; así como por los demás fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, fue incoada por los ciudadanos ANTOINE SAHAR BARICH y KARABET SAHAR, en su condición de los Arrendadores, representados en Juicio por los abogados en ejercicio Carmen Marlene González Ramírez y Jorge Eleazar Benavides Nieto; en contra del ciudadano JESUS DAVID MARTINEZ MALDONADO, propietario del Fondo de Comercio "TASCA RESTAURANT CASA ANDINA" en su condición del Arrendatario, del especificado bien inmueble objeto de la demanda; representado en Juicio, por el profesional del derecho Jesús María Ruiz Gómez.....