Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: María Iraida Barrera de Ruiz y José Cristeto Ruiz, venezolanos, mayores de edad, identificados con cédulas de identidad Nros. V-10.969.467 y V-10.147.282, y decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: María Iraida Barrera de Ruiz y José Cristeto Ruiz, identificados con cédulas de identidad Nros. V-10.969.467 y V-10.147.282, según consta en Acta de Matrimonio N° 07 (inserción N° 2) de fecha 14 de marzo de 1986, expedida ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Joaquín de Navay, Municipio Libertador del Estado Táchira, con sede en San Joaquín de Navay