UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL REGIMEN, impuesto al ciudadano: HENRY BONILLA LOPEZ, por el delito de: ROBO PROPIO y USO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSIFICADA, y en consecuencia se decreta LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tal hecho punible, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Líbrese Oficio y regístrese su salida.
Cúmplase.
ABG. MARCOS RAUL CASTILLO VELANDIA
JUEZ CUARTO DE EJECUCIÓN
ABG.-JOSE MANUEL SANDOVAL LABRADOR
SECRETARIO
Exp. E4-1122-01
MRCV/y.m
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.