En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda interpuesta por los ciudadanos MAGALY YANETH MORENO DE PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 12.491.924, domiciliada en Palmira, Municipio Guasimos del estado Táchira, actuando en nombre propio y en nombre de GERSON FABIAN MORENO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.744.753 y JESÚS OMAR MORENO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.491.926, domiciliados ambos en La Grita, Municipio Jáuregui, según documento protocolizado a través del Registro Publico de los municipios Jáuregui, Seboruco, Antonio Rómulo Costa, José María Vargas y Francisco de Miranda del Estado Táchira, inscrito bajo el numero 42, folio 540 del Tomo 3, de los Protocolos de Tran.....