Siguiendo los lineamientos anteriormente expuestos, los cuales comparte en todas sus partes este Tribunal, y tomando en consideración que en el caso particular de la perención, debe tomarse en cuenta que este instituto procesal opera de pleno derecho al cumplirse los presupuestos exigidos en la ley, vale decir, el transcurso del tiempo sin impulso procesal, y produce el efecto de extinguir el proceso a partir de que esta se produce y no desde que es declarada por el Juez, por lo tanto la declaratoria por el Juez solo reconoce un hecho jurídico ya consumado, y sus efectos producidos.
Sentadas las premisas anteriores, y observando el Tribunal que consta plenamente en autos que desde el 27 de Septiembre del 2023, fecha en que fue admitida la demanda de REIVINDICACIÓN, ordenándose el emplazamiento de la parte demandada ciudadanos, JOSE RAMON PATIÑO SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.306.646, domiciliado en la Urbanización el Molino en la ciudad.....