Acordó revisar la sentencia dictada por el extinto Juzgado Superior Vigésimo Primero en lo Penal de esta Circunscripción Judicial de fecha 23 de noviembre de 1992, mediante la cual condenó al ciudadano LUIS JESUS RODRIGUEZ MARTINEZ, venezolano, natural de La Guaira, hijo de Carmen Rodríguez y Jesús Martínez, titular de la cédula de identidad N° 10.584.971, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO y, en su lugar se modifica la misma a QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente.