Declara: PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, la solicitud de Aumento de Obligación Manutención; realizada por la ciudadana CAROLINA CALDERON, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.217.405, en contra del ciudadano SANTOS DOMINGO ZAMBRANO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.104.107, quedando la Obligación de Manutención para sus dos (2) hijas, MICHELLE CAROLINA Y SANDY CLARET de dieciocho (18) y catorce (14) años de edad; estudiantes la cantidad de MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 1.400,oo), mas la prima por descendencia (0, 5) unidad tributaria por cada hija que le es descontada por nomina mensualmente , y la cuota para el mes de diciembre se mantiene igual a los años anteriores es decir, la retención del 20% de los aguinaldos, para compra de ropa y calzado de la época dicembrina; para el mes de septiembre el beneficio del bono de útiles escolares de 10 unidades tributarias para cada hija; así mismo la col.....