En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación limitada interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 21 de mayo de 2013.
SEGUNDO: REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 20 de mayo de 2013, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sólo en cuanto a la fijación de oportunidad para la evacuación de la testimonial promovida como SÉPTIMA en el escrito de pruebas presentado por la representación judicial de la parte actora en fecha 06 de mayo de 2013.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del asunto.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada .....