En este estado el Tribunal procede a declarar legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehículo antes descrito hasta cubrir el monto decretado por el tribunal de la causa, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 11:25a.m, y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.