Ahora bien, la resolución No. 2009-0006 del 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.152 ordinaria, de fecha 02 de abril de 2009, que modificó la competencia por la cuantía para los Juzgados de la República en materia civil, mercantil, tránsito, familia y materias de similar naturaleza en todas sus categorías, con excepción a la material laboral, de protección de niños, niñas y adolescentes y contencioso administrativo o Tributario; cambió a un nuevo modelo de competencia, donde dejó sin efecto la estructura clásica vertical del Principio de la doble instancia por una piramidal, en la que los juzgados de municipio y de primera instancia comparten su base constituidos en la primera instancia y los juzgados superiores se superponen sobre éstos como el segundo grado de jurisdicción, conservando el Tribunal Supremo de Justicia el vértice superior.
En tal sentido, al mome.....