es por lo que esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del quién en vida respondía al nombre de JOSE DEL CARMEN COLMENARES PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.738.259, Militar Retirado, domiciliado en la calle 05, Nº 9-49, Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira y falleció en fecha 09 de febrero de 2.004, según consta en el acta de Defunción Nº 12 asentada ante el Prefecto del Municipio Ayacucho, Estado Táchira; a sus hijos RONALD JOSE COLMENARES MORA, DEXY DEL CARMEN COLMENARES MORA, RICHARD ALFONSO COLMENARES MORA y el adolescente HEBERT JOSE COLMENARES MORA y su cónyuge LOURDES ZENAIDA MORA DE COLMENARES quedando a salvo los derechos de terceros, conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
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