Una vez iniciada la Audiencia, discutidos todos y cada uno de los puntos tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin al presente proceso han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma de DOS MIL TRESCIENTOS DOLARES AMERICANOS (USD 2.300,00 $) que queda a deber al demandante, en cuatro (04) pagos a saber de la siguiente forma:
PRIMERO: La cantidad de QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS (USD 5.00,00) los cuales serán cancelados en efectivo en el presente acto, correspondiente al primer pago; la cantidad de SEISCIENTOS DÓLARES AMERICANOS (USD 6.00,00) el día 01 de diciembre de 2022, en efectivo, segundo pago; la cantidad de SEISCIENTOS DÓLARES AMERICANOS (USD 600,00) el día 03 de enero de 2023, en efectivo tercer pago y la cantidad de SEISCIENTOS DÓLARES AMERICANOS (USD 600,00) el día 01 de febrero.....