Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por mutuo consentimiento presentado por los ciudadanos: ASTRID GABRIELLA GARCIA DE VARGAS Y PITERSON VARGAS NIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 14.378.665 y V- 11.110.762, debidamente asistidos de la abogado NELIDA MARISOL VELAZCO GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 137.749 , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 693 de fecha 02 de Junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia , en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ASTRID GRABRIELLA GARCIA DE VARGAS Y PITERSO.....