En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ADOLFO ELI TORRES, JOSE ALBERTO SANDOVAL, JOSE ALEXIS BENAVIDES CACERES, RICHARD TONNY ESCULPI BUITRAGO, VICENTE ALFONSO HERNANDEZ NIÑO, DOMINGO RAMIREZ CARREÑO, HENRY GUSTAVO PABON MEDINA, GABRIEL JOSE NAVARRO ARDILA Y CLEIVER MANUEL PARADA FERRER, en contra de la empresa mercantil TENERIA RUBIO C.A., en la persona de su representante legal JESÚS ALÍ ORTIZ MOLINA, por Intereses y Daño Moral. SEGUNDO: Sin lugar el reclamo de los intereses. TERCERO: Sin lugar el Daño moral demandado. CUARTO: De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay especial condenatoria en costas