Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede laboral DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, instauró la ciudadana SHEILA CAROLINA NIÑO RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.992.264 y domiciliada en el sector Ranchería parte alta, Capacho Independencia, Estado Táchira, en su carácter de TRABAJADORA, contra la sociedad mercantil MOVILCA C.A., de este domicilio e inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 20 de septiembre de 1999, bajo el N° 77, tomo 11-A, en su carácter de PATRONA, representada por su presidente, ciudadano DANNY ESPIEDRA CUY, venezolano, mayor de edad casado, titular de la cédu.....