DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA por el delito de FACILIATADORA EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ejusdem, en perjuicio de ANGEL HORACIO MOROS BRICEÑOS, venezolano, de 35 años de edad, t............, de conformidad con lo señalado en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA Y PUBLÍQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA DE CONTROL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libraron boletas de notificación de las partes.
EXP-3C-838/2003
SRIA.