DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE totalmente la ACUSACIÓN FISCAL Y LAS PRUEBAS en contra de JOSÉ EUTIMIO RAMÓN ROJAS ZAMBRANO, venezolano, nacido en fecha 25-12-1927, titular de la cédula de identidad N° V-1.626.573, de profesión u oficio Educador, de 82 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en La Grita, Aldea El Llano, Sector Aguas Calientes, Estado Táchira; a quien el Ministerio Público les imputa la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña D.J.M.D, delito cometido en las circunstancias de tiempo modo y lugar.....