Este Tribunal declara legalmente embargado ejecutivamente el inmueble donde nos encontramos constituidos, ubicado en la Calle Bolivar, Aldea Caneyes, Sector Boca, consistente en un lote de terreno propio con un área de 2.500 mts.2 y la casa sobre el construida, alinderado así: FRENTE: Con Calle privada, en cincuenta metros; FONDO: Con predios de Fredeswinda Salas viuda de Rincón; LADO DERECHO: Terrenos de Celsa Mary Rincón de Lara, en cincuenta metros; y LADO IZQUIERDO: Terrenos de Celsa Mary Rincón de Lara, en cincuenta metros, por el fondo el terreno también tiene una longitud de Cincuenta metros