Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos Olga Margarita Moreno Zambrano y Juan de Jesús González Berbesi, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.098.907 y N° 5.639.486 en su orden, cónyuges entre sí, debidamente asistidos por la abogada Josefa del Carmen Rosales de Castro, inscrito en el Inpreabogado Nro 216.137, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, en fecha nueve (9) de abril de 2001, según consta en Acta de Matrimonio Nº 142.