este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: JOSÉ ALEJANDRO MONSALVE VERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nr. 13.927.203 y residenciado en Sabaneta, Calle Zulia, Sector Santa Rosa, Nr. 53, Estado Táchira, por el delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en el artículo 278, del Código Penal reformado, en perjuicio de la República Bolivariana de Venezuela y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.