CON LUGAR, la Solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO. Formulada por los ciudadanos: JOSÉ ALFREDO JAIMES CARREÑO y JACKELIN COROMOTO TREJO VILLALTA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.064.951 y V-16.694.306. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado extendido en el acta Nº 05, en fecha 22 de marzo del año 2.013, por ante el Registro Civil del Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira.