RESUELVE:
PRIMERO: OTORGA el beneficio de "TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO" o comúnmente llamado " DESTACAMENTO DE TRABAJO ", al penado FLORES AGUDELO ROGELIO, colombiano, natural de Villa Caro Norte de Santander, con cédula de ciudadanía Nº CC-88.275.006, soltero, obrero, residenciado en Sector El Hoyito, vía el Tejar Rubio estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: IMPONE las condiciones a las cuales debe someterse FLORES AGUDELO ROGELIO, las cuales son las siguientes:
1. No salir de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, ni del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, sin autorización de este Tribunal, y canalizado a través del delegado de prueba que le sea designado, quien es el encargado de la supervisión y evolución del caso.
2. No frecuentar lugares donde se expendan o consuman bebidas alcohólicas.
3. No frecuentar lugares.....