De las pruebas presentadas, la cual ha sido previamente valorada, se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por el solicitante; en consecuencia de ello, y conforme a lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, éste Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO DEL CAUSANTE JONÁS ANTONIO SANDOVAL PANTALEÓN, quien fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-3.788.467, según registro de defunción No. 1130, expedida el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 22 de junio de 2013, a los ciudadanos ANA ROMELIA MÁRQUEZ DE SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.023.205, en su condición de esposa y DILIA ROSCIO SANDOVAL DE PANTALEÓN, venezolana, mayor de ed.....