Primero: Revoca las medidas de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, SIMULTÁNEAMENTE SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES CON UNA JORNADA DE CUATRO (04) HORAS SEMANALES; Y SUCESIVAMENTE LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 624, 625 y 626 todos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, impuestas en fecha seis (06) de junio de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Uno de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al joven adulto (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA, previsto en el articulo 274 en concordancia con el artículo 272 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público, DETENTACION DE MUNICIONES, previsto en el articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, quien fue sancionado a cumplir las medidas de REGL.....