este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos ANA ROSA VILLALOBOS DE PÉREZ, TANIA MARÍA PÉREZ VILLALOBOS, CÉSAR EDUARDO PÉREZ VILLALOBOS, ALEXANDRA GRISBELL PÉREZ SÁNCHEZ Y CRISDUARD EDUARDO PÉREZ CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 4.446.508, V- 14.217.349, V- 14.217.350, V- 16.420.545 y V- 16.959.339, en su orden, domiciliados en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira y hábiles, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano CARLOS EDUARDO PÉREZ CRISTANCHO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.446.074, en su carácter de cónyuge del primero e hijos los segundos del referido ciudadano. Por aplicación analógica .....