Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la cuota por obligación de manutención presentada por la ciudadana: CRISTINA LISBETH PAZ MEDINA contra el ciudadano EDGAR ALEXANDER CHACON VERGEL, en beneficio de la niña: L.A.CH.P., y decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto por Obligación de Manutención la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para los meses de agosto de cada año que el obligado deberá cancelar la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs.6000,00), adicionales al monto de la obligación mensual, para cubrir gastos escolares de cada año.
TERCERO: En cuanto a los gastos médicos y medicinas, los mismos deberán ser cubiertos por ambos padres en partes iguales.