El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Maryan Karina Durán Ramírez con el carácter de autos, en fecha 29 de febrero de 2008 contra el auto dictado en fecha 13 de febrero de 2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes el auto apelado dictado por el a quo en fecha 13-02-2008. En consecuencia, se ordena la continuidad de la ejecución de la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo de esta Circunscripción Judicial en fecha 12 de agosto de 2005. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por haber revocado el fallo apelado.
Queda así REVOCADO el fallo apelado.