PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora en contra de la decisión del 05 de junio de 2007 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Táchira.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Táchira, en fecha 05 de junio de 2007.
TERCERO: ORDENA al JuzgadoTercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Táchira dictar nueva sentencia de mérito tomando en consideración los planteamientos dilucidados acerca de la extemporaneidad por tardía de la contestación de la demanda, y analizando los elementos probatorios aportados a los autos.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.