Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Sin Lugar la Demanda que por Cobro de Bolívares Vía Intimación intentó el ciudadano ARMANDO CHAPARRO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.075.039, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, asistido por la Abogada en ejercicio GLORYS BEJARANO GUERRERO, titular de la Cédula de Identidad No.V-1.386.667 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.13.162, contra los ciudadanos JOSE ANTONIO NIÑO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-1.585.122, domiciliado en Capachito, Vía El Junco, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil y NELLY CEQUEDA DE NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-12.226.855, .....