Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1° INADMISIBLE LA INTERVENCIÓN COMO TERCERO ADHESIVO del ciudadano Pedro Elkin Vásquez Carrillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10 174 722. 2° INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO intentada por los ciudadanos Jorge Alexánder Useche Arias, Nelson Ramón Bustamante Prato, Gexcy David Díaz Castro, Jhonny Atahualpa Jaimes Villegas, Luis Alberto Peñaloza Hernández, Nelson Regner Duque Moreno, Larry Harlow Contreras Acero y Alexánder Ríos Colmenares, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad n. os: V.- 13 587 307; V.- 13 148 871; V.- 10 155 428; V.- 15 826 191; V.- 12 814 895; V.- 15 988 333; V.- 12 631 974 y V.- 13 146 597, en su orden, en contra de la entidad de trabajo Cervecería Polar, C. A. 3° NO SE CON.....