Parte Dispositiva
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por mutuo consentimiento presentado por los ciudadanos GLEIBAR JOSUE MONCADA DIAZ Y YAMILE MERCEDES JIMENEZ UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.468.448 y V-11.496.195, respectivamente, asistidos por el abogado JOSÉ RAMÓN NOGUERA PULIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.485, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con las sentencias N° 693 de fecha 02 de Junio de 2015, emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre GLEIBAR JOSUE MONCADA DIAZ .....