Por tanto, cumplidos como han sido todos los requisitos ordenados por este Tribunal y por considerar que es de evidente necesidad para los interesados la inserción solicitada, y dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de La Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de inserción de partida de nacimiento de la ciudadana DAMIANA ALICIA MEDINA, titular de la cedula de identidad N° V- 2.027.418, quien nació el día 02 de octubre de 1940, en la Aldea Platanal del Municipio Michelena, Estado Táchira, hija de la ciudadana MEDINA DE MEDINA MARIA DEL ROSARIO, Venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 1.543.989. Inscríbase esta sentencia en los libros de registro de nacimientos lle.....