DECLARA CON LUGAR, EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos JESÚS DANIEL PORTILLO SUESCUN Y FLOR MARÍA GONZÁLEZ PRATO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.690.466 y V-19.878.720, en su orden, con domicilio en el Municipio Torbes del Estado Táchira, conforme a los lineamientos dictados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de junio de 2015.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante Acta de Matrimonio N° 002, de fecha 17 de enero de 2012, suscrita ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Táchira.