PARTE DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustentación, Mediación, y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en virtud a la incomparecía de la parte actora, declara DESISTODO E PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo previsto por el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECION.
La Juez,
Dra. Yalena Mora
La Secretaria,
Abg. Yoly Hernández Méndez
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose
Copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
La Secretaria,
Abg. Yoly Hernández Méndez
YM/yhm