Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio inserta con el N° 150 de fecha Diecinueve (19) de Agosto de 1992, asentada en los Libros llevados por ante la Primero Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira. En consecuencia se ordena a los despachos antes mencionados a colocar una nota marginal en el Acta de Matrimonio antes referida dejándose constancia que el segundo Apellido correcto de la contrayente es: "...BECERRA CASADIEGOS ANA ROMELIA...", y que el primer Apellido de la Progenitora de la contrayente es "...ANA BELEN CASADIEGOS...".