PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 19 de mayo de 2010.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por Mariela Duarte Cerinza contra Germán Choque Guerra y Norma Emperatriz Escudero Huamani, por reivindicación de inmueble.
TERCERO: Queda MODIFICADA la decisión de fecha 27 de abril de 2010, dictada por la Juez Unipersonal N° 01 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas de la demanda a la parte actora. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.