El Tribunal visto el convenimiento realizado entre las partes y el pedimento hecho por la parte actora acuerda abstenerse de la práctica de las medidas de Secuestro de Inmueble y Embargo Preventivo para lo cual ha sido comisionado éste y ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado Comitente, a los fines de que éste último le imparta la homologación correspondiente al convenimiento realizado entre las partes, regístrese la salida y expídase las copias certificadas de la comisión para el archivo de este Tribunal Ejecutor de Medidas a costa de las partes.