Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: ADRIANA CAROLINA BALAGUERA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.958.688, y YVAN ALEXIS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.517.925, de fecha 29 de Enero de 2.010, en el cual manifiestan "... acordamos en relación a nuestros hijos una cuota mensual de 600,00 Bs. además de los útiles escolares, médicina y ropa para diciembre además de los respectivos regalos, de diciembre, la señora ADRIANA CAROLINA BALAGUERA SUAREZ; le corresponderá el pago de alquiler de la vivienda donde reside y de los gastos de la escuela en caso de que pidan algún tipo de colaboración o ayuda, cabe destacar que los 600 Bs. cubran la parte alimentación de los niños de ni parte y la de ella también corresponderá la compra de ropa y zapatos en el transcurso del año. Sin más nada a que hacer referencia conforme firman, nota los 600BBs. Serán depositados en la tarjeta de alimentación de la empresa Sodexho pass...". Este Tribunal acuerda d.....