En atención al criterio jurisprudencial parcialmente transcrito supra el cual acoge esta sentenciadora en el caso de autos se evidencia que la sentencia que establece la comunidad concubinaria entre las partes señala expresamente como fecha de inicio de la misma el 12 de octubre del año 2003 y como fecha de finalización el 21 de diciembre de 2013, la cual coincide con la indicada por la demandante en el escrito libelar, sin embargo al revisar el certificado de registro de vehículo que fue acompañado junto con la demanda en copia simple correspondiente al vehículo con las siguientes características: Modelo: C3500/4X4T/A C/A, Tipo: CHASIS, Clase: CAMION, Uso: CARGA, Color: BLANCO, Año: 2012, Placa: A88AO9A, Serial de Carrocería: N/A, Serial N.I.V: 8ZC3KZCG7CCG300874, Serial de Motor: 7CG300874, Servicio: PRIVADO, con Certificado de Registro de Vehiculo número: 1601102562943/8ZC3KZCG7CCG300874-3-1, se aprecia que el mismo fue expedido en marzo de 2016, por el Instituto Nacional de Tran.....