DEL DISPOSITIVO DE LA SENTENCIA
En consecuencia este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: CONFORME AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano acusado ANTONIO RAMON MARTINEZ HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Río Negro, Estado Táchira, nacido en fecha 22-12-1963, titular de la cédula de identidad N° V-9.217.207, residenciado en Santa Ana Bario Timoteo Chacón, frente a la Cancha Estado Táchira, numero telefónico 0414-0770802; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Hernández de Torres Nelly Xiomara,.....