En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la motocicleta descrita en autos, en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de la misma conforme con lo dispuesto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil; y se le hace entrega de la misma al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra.