Primero: Declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada, ya identificada, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de septiembre de 2010.
Segundo: Queda confirmada la decisión apelada, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de septiembre de 2010.