Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE INQUISICIÓN DE PATERNIDAD incoada por la ciudadana MARIA OFELIA BELANDRIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.378.622, domiciliada en Palo Gordo, Calle el Medio, Casa N° F-11, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, asistida por la Defensora Publica para el Sistema de Protección Abg. SOLANGE ARIAS DURAN, en contra del ciudadano JOSE ANGEL RAMIREZ JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-10.178.549.
En consecuencia queda Judicialmente establecida la FILIACIÓN existente entre los niños (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), nacidos en fecha 08 de Julio del 2001 y 12 de Septiembre del.....