Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos MARTIN SANTIAGO MORENO y CARLOS DARIO RINCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 12.229.808 y 12.630.081 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el ciudadano REMIGIO ORTEGA BAYONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 23.151.085, asistido por la abogada MARITZA DEL CARMEN RIBE CARVAJAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 67.867, en el cual expone que el día 25 de octubre de 2011, falleció quien fuera su progenitor JULIO ELIECER ORTEGA TORRES, quien era titular de la cédula de identidad N° 1.969.624, según certificación expedida por la Dra. Nancy Vera, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 51, expedida por el Registrador Civil del Municipio Torbes del Estado Táchira. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en nomb.....