Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, conforme a lo establecido en los Artículos 26, 49, 76 y 78 de la Constitución Nacional, y Artículos 8 y 365 de la LOPNA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la pretensión de Fijación de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana NEIDA GISELA SEPULVEDA URIBE, en nombre, representación y beneficio de su hija adolescente (se omite el nombre por disposición de Ley) asistida por la profesional del derecho Yesenia Ramírez Monsalve, en contra del ciudadano FRANCISCO JAVIER CONTRERAS NOREÑA. Todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano FRANCISCO JAVIER CONTRERAS NOREÑA,.....