por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo en liquidar los bienes que integran la comunidad conyugal, en los términos planteados en el escrito de partición; la ciudadana juez procede a HOMOLOGARLA y en consecuencia, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.