PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana DILMA QUINTERO RODRÍGUEZ, madre de la niña (Se omite el nombre), en contra del ciudadano JOSE ERASMO USECHE, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión. SEGUNDO: Se ajusta la Obligación Alimentaria que el ciudadano JOSE ERASMO USECHE, debe aportar en beneficio de su hija (Se omite el nombre), representada por su progenitora DILMA QUINTERO RODRÍGUEZ, en la cantidad de Ciento Ochenta Mil Bolívares mensuales (Bs.180.000,oo) y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una cuota extra por la misma cantidad para gastos de estudio y de navidad respectivamente, la cual será depositada los primeros cinco (05) días de cada mes, en la cuenta de ahorros de Banfoandes, una vez quede firme la presente decisión. TERCERO: Los gastos por medicinas y tratamientos médicos que amerite la adolescente (Se omite el nombre), deben ser compartidos en partes iguales por el padr.....