En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la demandada Martha Eugenia Carrascal Castañeda, asistida por el abogado José Alexander Montoya Gómez, mediante diligencia de fecha 28 de julio de 2014.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Gerardo Acacio Omaña Sánchez, contra Martha Eugenia Carrascal Castañeda, por desalojo del inmueble consistente en una vivienda signada con el N° 15-69, ubicada en la carrera 2 entre calles 15 y 16, sector La Ermita, San Cristóbal, Estado Táchira. En consecuencia, se ordena a la parte demandada hacer formal entrega del referido bien inmueble objeto de la controversia, a la parte actora, libre de personas y bienes, para lo cual se le concede .....