En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de nacimiento. En consecuencia el Acta de nacimiento No. 348 de fecha 26 de enero de 1973, asentada originalmente en los libros del Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a "ALBERTO"; queda rectificada en el sentido que el nombre del solicitante ALBERTO; y no como erróneamente aparece "JOSE ALBERTO". Líbrese el oficio respectivo anexándose copia certificada de la presente sentencia, a los fines de que la misma sea inscrita en los libros de Registro Principal de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tr.....