Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Mantiene la Medida de Reglas de Conducta por el lapso de Seis (06) meses, impuesta en fecha 28 de Abril de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, a la joven adulta IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA
; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana E.S.R.M.; de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Ordena librar oficio al Centro Penitenciario de Occidente, a los fines de remitir.....